Los establecimientos nocturnos, clubes sociales y sindicatos nocturnos tendrán que realizar su registro ante la Dirección de Convivencia y Derechos Humanos de la Secretaría de Gobierno de Villavicencio, de lo contrario serán cerrados.
Los propietarios de estos establecimientos tendrán 30 días para realizar el respectivo registro, de no hacerlo, no podrán operar y deberán ser cerrados inmediatamente.
Así mismo, aquellos que vayan a abrir un establecimiento de este tipo tendrán que, previo a la apertura, inscribirse con toda la documentación, entre ellos un oficio, horario de funcionamiento, registro bomberil y demás certificados.
Por su parte, la secretaria de Gobierno, Andrea Lizcano, explicó que esta medida se toma para regular las figuras llamadas clubes sociales y sindicatos han sido usados para evadir controles por parte de las autoridades, como lo ordenó la Corte Constitucional en cada municipio.
Con la expedición del Código de Seguridad, Vigilancia y Convivencia Ciudadana, y la ley 1801, varios de los artículos no quedaron exequibles de dichos registros.
“Villavicencio es de los primeros que lo hace y para esto los sindicatos y clubes deben inscribirse en el respectivo registro, porque su actividad es whiskería, venta de licor, servicio de masajes y otras actividades”, dijo Lizcano.
Recordó a los propietarios que el registro deben realizarlo en la Dirección de Convivencia y Derechos Humanos de la Secretaría de Gobierno, en el piso 3, edificio de la Alcaldía.